Divorcios: | |
Copia de los DNI de ambos cónyuges. Acta o Copia Certificada de las Partidas de Nacimiento de los hijos (Antigüedad 03 meses). Copia Certificada de la Sentencia Judicial firme o Acta de Conciliación, respecto de los regímenes del ejercicio de patria potestad, alimentos, tenencia y visitas. Escritura Púdblica inscrita en los Registros Púdblicos de Separación de Patrimonios; o Declaración Jurada, con firma y huella digital de los cónyuges, de carecer bienes sujetos al rédgimen de sociedad de gananciales. Escritura Púdblica inscrita en los Registros Púdblicos, de sustitución o liquidación del rédgimen patrimonial, si fuera el caso. Declaración Jurada, firmada por ambos cónyuges, del údltimo domicilio conyugal. |